Inmigración Basada en la familia
Las leyes de inmigración de EE.UU. permiten que ciertos extranjeros que son familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales se conviertan en residentes permanentes legales (obtener la residencia o Tarjeta Verde) a base de relaciones familiares específicas.
Hay dos tipos de visas de inmigrante basadas en la familia: “Familiar Inmediato” y “Preferencia familiar”.
Proceso de Solicitud
Para demostrar una relación cualificada, un ciudadano estadounidense o residente permanente legal debe presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Si un ciudadano estadounidense fallece después de presentar el Formulario I-130 a nombre del cónyuge no ciudadano, el Formulario I-130 se convertirá automáticamente en un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial. Si el cónyuge ciudadano estadounidense no tenía una petición I-130 presentada al momento de la muerte, el cónyuge no ciudadano puede ser elegible para presentar una petición por sí mismo como "familiar inmediato" mediante la presentación del Formulario I-360 dentro de los dos años posteriores a la muerte del cónyuge ciudadano estadounidense.
Ajuste de Estatus vs. Trámite Consular
En general, una vez que USCIS aprueba la petición de inmigrante y está disponible un número de visa inmediatamente, el familiar extranjero puede solicitar convertirse en residente permanente legal a través del ajuste de estatus o trámite consular.
Las visas de inmigrante para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses son ilimitadas; por lo que las visas siempre están disponibles. Sin embargo, aquellos en categorías de inmigrantes con preferencia familiar deben esperar hasta que haya un número de visa disponible de que puedan solicitar el ajuste de estatus o una visa de inmigrante.
Una visa está disponible de inmediato para todos los solicitantes de ajuste de estatus cualificados y solicitantes de visa de inmigrante en el extranjero cuando la fecha de prioridad del solicitante es anterior a la fecha límite que se muestra para categoría de preferencia basadasen la familia que se busca y el país al que se le carga la visa (usualmente el país de nacimiento) en la tabla correspondiente del Boletín de Visas. Para las categorías de preferencia basadas en la familia, la fecha de prioridad es la fecha en que se ha presentado correctamente el Formulario I-130 o el Formulario I-360 ante USCIS.
Criterios de Elegibilidad para el Ajuste de Estatus
Un familiar extranjero que vive en Estados Unidos puede solicitar una Tarjeta Verde mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus, y la petición de visa de inmigrante al mismo tiempo o después de presentar la petición de visa de inmigrante, pero mientras la petición permanece pendiente (conocido como "presentación concurrente") o después de que se apruebe la petición, siempre y cuando no haya sido terminada o revocada, siempre que una visa de inmigrante esté disponible de inmediato y se cumplan todos los demás requisitos de elegibilidad.
Un no inmigrante prometido(a) K-1 que se casó con el ciudadano estadounidense que presentó el Formulario I-129F, Petición de Prometido(a) Extranjero(a) a su nombre, dentro de los 90 días luego de que su prometido (a) sea admitido a Estados Unidos, puede solicitar una Tarjeta Verde mediante la presentación del Formulario I-485. Los hijos no inmigrantes de K-2 que permanecen solteros también pueden solicitar una Tarjeta Verde al mismo tiempo o después de los no inmigrantes K-1.
Trámite Consular
Si un familiar extranjero vive fuera de Estados Unidos o vive en Estados Unidos, pero elige solicitar una visa de inmigrante con el Departamento de Estado de Estados Unidos en una embajada o consulado estadounidense (conocido como trámite consular), USCIS enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado para el preprocesamiento de la visa de inmigrante. Como es probable que el número de visa de inmigrante esté disponible pronto, el solicitante puede enviar los documentos requeridos al NVC después de recibir la notificación del NVC. El NVC retendrá la petición de visa hasta que se pueda programar una entrevista en la embajada o el consulado de los Estados Unidos.
Hay pocas cosas más reconfortantes que reunirse con un familiar querido. Cuando se trata de navegar por las complejidades de las disposiciones de inmigración basadas en la familia, es fundamental obtener ayuda de un abogado de inmigración experimentado que elabore estrategias magistralmente para que el proceso sea lo más fluido posible
Para saber más sobre cómo la firma de abogados ImmiThrive puede ayudarlo a lo largo del proceso de inmigración basado en la familia, reserve su consulta ahora.
Inmigración Basada en la familia
Las leyes de inmigración de EE.UU. permiten que ciertos extranjeros que son familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales se conviertan en residentes permanentes legales (obtener la residencia o Tarjeta Verde) a base de relaciones familiares específicas.
Hay dos tipos de visas de inmigrante basadas en la familia: “Familiar Inmediato” y “Preferencia familiar”.
Proceso de Solicitud
Para demostrar una relación cualificada, un ciudadano estadounidense o residente permanente legal debe presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Si un ciudadano estadounidense fallece después de presentar el Formulario I-130 a nombre del cónyuge no ciudadano, el Formulario I-130 se convertirá automáticamente en un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial. Si el cónyuge ciudadano estadounidense no tenía una petición I-130 presentada al momento de la muerte, el cónyuge no ciudadano puede ser elegible para presentar una petición por sí mismo como "familiar inmediato" mediante la presentación del Formulario I-360 dentro de los dos años posteriores a la muerte del cónyuge ciudadano estadounidense.
Ajuste de Estatus vs. Trámite Consular
En general, una vez que USCIS aprueba la petición de inmigrante y está disponible un número de visa inmediatamente, el familiar extranjero puede solicitar convertirse en residente permanente legal a través del ajuste de estatus o trámite consular.
Las visas de inmigrante para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses son ilimitadas; por lo que las visas siempre están disponibles. Sin embargo, aquellos en categorías de inmigrantes con preferencia familiar deben esperar hasta que haya un número de visa disponible de que puedan solicitar el ajuste de estatus o una visa de inmigrante.
Una visa está disponible de inmediato para todos los solicitantes de ajuste de estatus cualificados y solicitantes de visa de inmigrante en el extranjero cuando la fecha de prioridad del solicitante es anterior a la fecha límite que se muestra para categoría de preferencia basadasen la familia que se busca y el país al que se le carga la visa (usualmente el país de nacimiento) en la tabla correspondiente del Boletín de Visas. Para las categorías de preferencia basadas en la familia, la fecha de prioridad es la fecha en que se ha presentado correctamente el Formulario I-130 o el Formulario I-360 ante USCIS.
Criterios de Elegibilidad para el Ajuste de Estatus
Un familiar extranjero que vive en Estados Unidos puede solicitar una Tarjeta Verde mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus, y la petición de visa de inmigrante al mismo tiempo o después de presentar la petición de visa de inmigrante, pero mientras la petición permanece pendiente (conocido como "presentación concurrente") o después de que se apruebe la petición, siempre y cuando no haya sido terminada o revocada, siempre que una visa de inmigrante esté disponible de inmediato y se cumplan todos los demás requisitos de elegibilidad.
Un no inmigrante prometido(a) K-1 que se casó con el ciudadano estadounidense que presentó el Formulario I-129F, Petición de Prometido(a) Extranjero(a) a su nombre, dentro de los 90 días luego de que su prometido (a) sea admitido a Estados Unidos, puede solicitar una Tarjeta Verde mediante la presentación del Formulario I-485. Los hijos no inmigrantes de K-2 que permanecen solteros también pueden solicitar una Tarjeta Verde al mismo tiempo o después de los no inmigrantes K-1.
Trámite Consular
Si un familiar extranjero vive fuera de Estados Unidos o vive en Estados Unidos, pero elige solicitar una visa de inmigrante con el Departamento de Estado de Estados Unidos en una embajada o consulado estadounidense (conocido como trámite consular), USCIS enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado para el preprocesamiento de la visa de inmigrante. Como es probable que el número de visa de inmigrante esté disponible pronto, el solicitante puede enviar los documentos requeridos al NVC después de recibir la notificación del NVC. El NVC retendrá la petición de visa hasta que se pueda programar una entrevista en la embajada o el consulado de los Estados Unidos.
Hay pocas cosas más reconfortantes que reunirse con un familiar querido. Cuando se trata de navegar por las complejidades de las disposiciones de inmigración basadas en la familia, es fundamental obtener ayuda de un abogado de inmigración experimentado que elabore estrategias magistralmente para que el proceso sea lo más fluido posible
Para saber más sobre cómo la firma de abogados ImmiThrive puede ayudarlo a lo largo del proceso de inmigración basado en la familia, reserve su consulta ahora.
Inmigración Basada en la familia
Las leyes de inmigración de EE.UU. permiten que ciertos extranjeros que son familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales se conviertan en residentes permanentes legales (obtener la residencia o Tarjeta Verde) a base de relaciones familiares específicas.
Hay dos tipos de visas de inmigrante basadas en la familia: “Familiar Inmediato” y “Preferencia familiar”.
Proceso de Solicitud
Para demostrar una relación cualificada, un ciudadano estadounidense o residente permanente legal debe presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Si un ciudadano estadounidense fallece después de presentar el Formulario I-130 a nombre del cónyuge no ciudadano, el Formulario I-130 se convertirá automáticamente en un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial. Si el cónyuge ciudadano estadounidense no tenía una petición I-130 presentada al momento de la muerte, el cónyuge no ciudadano puede ser elegible para presentar una petición por sí mismo como "familiar inmediato" mediante la presentación del Formulario I-360 dentro de los dos años posteriores a la muerte del cónyuge ciudadano estadounidense.
Ajuste de Estatus vs. Trámite Consular
En general, una vez que USCIS aprueba la petición de inmigrante y está disponible un número de visa inmediatamente, el familiar extranjero puede solicitar convertirse en residente permanente legal a través del ajuste de estatus o trámite consular.
Las visas de inmigrante para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses son ilimitadas; por lo que las visas siempre están disponibles. Sin embargo, aquellos en categorías de inmigrantes con preferencia familiar deben esperar hasta que haya un número de visa disponible de que puedan solicitar el ajuste de estatus o una visa de inmigrante.
Una visa está disponible de inmediato para todos los solicitantes de ajuste de estatus cualificados y solicitantes de visa de inmigrante en el extranjero cuando la fecha de prioridad del solicitante es anterior a la fecha límite que se muestra para categoría de preferencia basadasen la familia que se busca y el país al que se le carga la visa (usualmente el país de nacimiento) en la tabla correspondiente del Boletín de Visas. Para las categorías de preferencia basadas en la familia, la fecha de prioridad es la fecha en que se ha presentado correctamente el Formulario I-130 o el Formulario I-360 ante USCIS.
Criterios de Elegibilidad para Ajuste de Estatus
Un familiar extranjero que vive en Estados Unidos puede solicitar una Tarjeta Verde mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus, y la petición de visa de inmigrante al mismo tiempo o después de presentar la petición de visa de inmigrante, pero mientras la petición permanece pendiente (conocido como "presentación concurrente") o después de que se apruebe la petición, siempre y cuando no haya sido terminada o revocada, siempre que una visa de inmigrante esté disponible de inmediato y se cumplan todos los demás requisitos de elegibilidad.
Un no inmigrante prometido(a) K-1 que se casó con el ciudadano estadounidense que presentó el Formulario I-129F, Petición de Prometido(a) Extranjero(a) a su nombre, dentro de los 90 días luego de que su prometido (a) sea admitido a Estados Unidos, puede solicitar una Tarjeta Verde mediante la presentación del Formulario I-485. Los hijos no inmigrantes de K-2 que permanecen solteros también pueden solicitar una Tarjeta Verde al mismo tiempo o después de los no inmigrantes K-1.
Trámite Consular
Si un familiar extranjero vive fuera de Estados Unidos o vive en Estados Unidos, pero elige solicitar una visa de inmigrante con el Departamento de Estado de Estados Unidos en una embajada o consulado estadounidense (conocido como trámite consular), USCIS enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado para el preprocesamiento de la visa de inmigrante. Como es probable que el número de visa de inmigrante esté disponible pronto, el solicitante puede enviar los documentos requeridos al NVC después de recibir la notificación del NVC. El NVC retendrá la petición de visa hasta que se pueda programar una entrevista en la embajada o el consulado de los Estados Unidos.
Hay pocas cosas más reconfortantes que reunirse con un familiar querido. Cuando se trata de navegar por las complejidades de las disposiciones de inmigración basadas en la familia, es fundamental obtener ayuda de un abogado de inmigración experimentado que elabore estrategias magistralmente para que el proceso sea lo más fluido posible
Para saber más sobre cómo la firma de abogados ImmiThrive puede ayudarlo a lo largo del proceso de inmigración basado en la familia, reserve su consulta ahora.
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses incluyen a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, los hijos no casados menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses, los padres de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad, y los viudos o viudas de ciudadanos estadounidenses (y sus hijos que sean solteros y menores de 21 años al momento de presentar la solicitud I-130 o I-360), si el ciudadano estadounidense presentó una petición antes de su fallecimiento, o si el viudo o viuda presenta una petición dentro de los dos años siguientes a la muerte del ciudadano y solo hasta la fecha en que el viudo o viuda se vuelva a casar.
Familiares Inmediatos de Ciudadanos Estadounidenses
01
02
Las categorías de inmigrantes por preferencia familiar incluyen la primera preferencia (F1), que abarca a hijos e hijas solteros (21 años de edad o mayores) de ciudadanos estadounidenses; la segunda preferencia (F2A), que incluye a cónyuges e hijos e hijas solteros (menores de 21 años) de residentes permanentes legales; la segunda preferencia (F2B), que está destinada a hijos e hijas solteros (21 años de edad o mayores) de residentes permanentes legales; la tercera preferencia (F3), que cubre a hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y la cuarta preferencia (F4), que se refiere a hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más).
Inmigración Basada en la familia
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses incluyen a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, los hijos no casados menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses, los padres de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad, y los viudos o viudas de ciudadanos estadounidenses (y sus hijos que sean solteros y menores de 21 años al momento de presentar la solicitud I-130 o I-360), si el ciudadano estadounidense presentó una petición antes de su fallecimiento, o si el viudo o viuda presenta una petición dentro de los dos años siguientes a la muerte del ciudadano y solo hasta la fecha en que el viudo o viuda se vuelva a casar.
Familiares Inmediatos de Ciudadanos Estadounidenses
01
02
Las categorías de inmigrantes por preferencia familiar incluyen la primera preferencia (F1), que abarca a hijos e hijas solteros (21 años de edad o mayores) de ciudadanos estadounidenses; la segunda preferencia (F2A), que incluye a cónyuges e hijos e hijas solteros (menores de 21 años) de residentes permanentes legales; la segunda preferencia (F2B), que está destinada a hijos e hijas solteros (21 años de edad o mayores) de residentes permanentes legales; la tercera preferencia (F3), que cubre a hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y la cuarta preferencia (F4), que se refiere a hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más).
Inmigrantes por Preferencia Familiar
01
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses incluyen a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, los hijos no casados menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses, los padres de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad, y los viudos o viudas de ciudadanos estadounidenses (y sus hijos que sean solteros y menores de 21 años al momento de presentar la solicitud I-130 o I-360), si el ciudadano estadounidense presentó una petición antes de su fallecimiento, o si el viudo o viuda presenta una petición dentro de los dos años siguientes a la muerte del ciudadano y solo hasta la fecha en que el viudo o viuda se vuelva a casar.
02
Las categorías de inmigrantes por preferencia familiar incluyen la primera preferencia (F1), que abarca a hijos e hijas solteros (21 años de edad o mayores) de ciudadanos estadounidenses; la segunda preferencia (F2A), que incluye a cónyuges e hijos e hijas solteros (menores de 21 años) de residentes permanentes legales; la segunda preferencia (F2B), que está destinada a hijos e hijas solteros (21 años de edad o mayores) de residentes permanentes legales; la tercera preferencia (F3), que cubre a hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y la cuarta preferencia (F4), que se refiere a hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más).